Pagos No Constitutivos de Salario
Los Pagos No Constitutivos de Salario son aquellos pagos que un empleado recibe de su empleador pero que no se consideran parte del salario sujeto a retención de impuestos y otras obligaciones. Estos pagos no están destinados a cubrir el trabajo realizado por el empleado y, por lo tanto, no se incluyen en la base de cálculo de ciertos beneficios y deducciones.
El artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 y el artículo 3 de la Resolución 2641 de 2011 establecen que los pagos no constitutivos de salario para trabajadores particulares no deben exceder el 40% de la remuneración total. En caso contrario, la diferencia debe integrarse a la base de deportes a la salud, pensión y riesgos laborales. Es importante destacar que no hay límites específicos para desalarizar los pagos, pero existe un tope máximo del 40% para evitar abusos que reduzcan la base de cotización a la seguridad social. Esta limitación se aplica a subsistemas como salud, pensión y ARL.
Configuración[edit | edit source]
Conceptos de nomina[edit | edit source]
Para implementar esta funcionalidad, es necesario configurar el concepto que se utilizará para liquidar el pago no constitutivo de salario.
La configuración de esta funcionalidad se localiza en la siguiente ruta:
- Acceder a la sección de Nómina.
- Seleccione la opción de Tablas.
- Dentro de Tablas, elija "Conceptos de Nómina".
- Al agregar o modificar un concepto, dirigirse a la pestaña 'Varios'.
- Dentro de esta pestaña, encuentre el parámetro 'Es pago NO salarial'.
Registro control[edit | edit source]
La función para establecer el tope máximo de los pagos NO constitutivos de salario se configura en la siguiente ruta:
- Navegar a la sección de Tablas.
- Seleccione "Registro de Control".
- Dentro del Registro de Control, dirigirse a la pestaña 'Varios'.
- Encontrar y ajustar el valor deseado en el campo 'Porcentaje Máximo'.
Después de realizar las configuraciones mencionadas, se realiza el proceso generación de la PILA la cual sigue el siguiente cálculo para IBC:
Cálculo:
IBC (Ingreso Base de Cotización) =
- Total de pagos salariales +
- Total de pagos no salariales que superan el 40% del total remunerado +
- Cálculo de novedades del periodo
Total de pagos no salariales que exceden el 40% del total remunerado =
- Total no salarial - (Total remuneración * 40%) {Si el resultado es positivo}
Total remuneración: Corresponde a la suma del total de los pagos salariales y los pagos no salariales (Nota: No incluye novedades del periodo)
Este enfoque garantiza una correcta determinación del IBC, reflejando el valor correspondiente en la PILA de acuerdo con el porcentaje establecido en el IBC.

